Reglamento de Obras Sociales, Prepagas y Particulares
1) Por parte del asociado de prepaga y/u obra social constituyen requisitos esenciales para recibir los Servicios de Salud Mental, el exhibir su Documento de Identidad y su credencial física o digital y encontrarse incluido en el listado del Plan de Psicología.
2) Los asociados deberán proporcionar al profesional, todos los datos actuales y anteriores que se les requiera para la confección de su historia clínica.
3) El paciente deberá aceptar la derivación al profesional que el admisor considere más idóneo para su tratamiento.
4) Las decisiones sobre psicodiagnóstico, evaluación, tipos de tratamiento y su duración, medicación, internaciones, altas y todo tipo de indicaciones, serán tomadas exclusivamente por el profesional.
5) Se suspenderá el tratamiento a los beneficiarios, si ocurriesen una o varias de las siguientes situaciones: a) inasistencias o tardanzas injustificadas reiteradas; b) incumplimiento reiterado de indicaciones terapéuticas; c) adeudar montos de arancel complementario (copago); d) adeudar cuotas mensuales de afiliación; e) actos de inconducta; f) falsedad u ocultamientos de los datos en las declaraciones juradas;
Los beneficiarios perderán definitivamente su derecho a continuar el tratamiento en todos los casos pudiendo reiniciarlo en el caso c) y d) si se pusiesen al día con las deudas atrasadas.
6) Si el paciente avisa con 24hs. de anticipación que no va a poder concurrir a su entrevista, y en caso de que el terapeuta tenga disponibilidad horaria, podrá recuperar esa sesión en otro horario a convenir. En caso de que no hubiera posibilidad de acordar horario para esa recuperación, el paciente deberá firmar y/o pagar por esa sesión perdida lo que corresponda según el plan.
7) Los pacientes en tratamiento que realicen un receso en el tratamiento por vacaciones, intervenciones quirúrgicas, etc., por dos semanas o más, pasarán a lista de espera y podrán retomar su tratamiento una vez que haya disponibilidad en agenda.
8) En caso de cambio de plan el paciente estará obligado a informar tal circunstancia a su terapeuta para tomar los recaudos necesarios.
9) Menores de 13 años de edad deben ser acompañados por un adulto o tutor al menos en la primera sesión para prestar consentimiento.
10) Las consultas fuera del día y/o horario de sesión y pedidos de certificados e informes psicológicos se consideran como una prestación y debe ser abonada / transaccionada.
11) Las consultas virtuales se realizarán a través de Google Meet u otro medio alternativo y el terapeuta llamará en el horario pactado. Es importante contar con privacidad, buen audio e imagen, iluminación y calidad de conexión.